Por los fundamentos expuestos, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: CON LUGAR la INHIBICIÓN extendida por el Juezgado Cuarto de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada y San Francisco de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, abogada GLENY HIDALGO ESTREDO, en el juicio que por Cobro de Bolívares, intentara el ciudadano JORGE MARTÍN CASIMIRO, en contra de la ciudadana LISNETH MORALES, con fundamento en el artículo 82, ordinal 15° del Código de Procedimiento Civil.
Se ordena remitir la presente incidencia al Juzgado de la causa mediante oficio, así como también se ordena dejar copia certificada de la misma en este Tribunal.