Por los motivos expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, con sede en Cabimas, DECLARA:
PRIMERO: DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y EXTINGUIDA LA INSTANCIA del presente asunto, suscrito por la ciudadana LEIDY DIANA CASTILLO URDANETA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-17.996.014, domiciliada en el Municipio Simón Bolívar del Estado Zulia, contra el ciudadano JUSTO RAMON RIVERA VIRLA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-11.948.911, domiciliado en el Municipio Simón Bolívar del Estado Zulia.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza de lo aquí decidido.
Publíquese. Regístrese y Déjese copia certificada por secretaria de conformidad con el artículo 248 del código de procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 1384 del Código Civil, y los numerales 3 y 9 del Articulo 72 d.....