DISPOSITIVA
Por los fundamentos anteriormente expuestos, este Tribunal Sexto de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ACUERDA OTORGAR AL PENADO NIXON ENRIQUE LOPEZ LOPEZ, titular de la cédula de identidad N° 17.294.286, venezolano natural de Maracaibo, Estado Zulia, de 25 años de edad, fecha de nacimiento: 09-01-80, soltero, Obrero, hijo de Trina López y Marcial Oliveros, residenciado en el Barrio Cuatricentenario, avenida 66, N° 95F-43, frente a los patrulleros, atrás de la Farmacia Isnotud, Maracaibo, Estado Zulia, como Formula Alternativa de cumplimiento de pena la LIBERTAD CONDICIONAL, imponiéndole las siguientes obligaciones:
a. La prohibición de salir del Estado Zulia y del País sin autorización por escrito de este Tribunal de Ejecución; b. No cambiar de residencia sin autorización del Tribunal y del Delegado de Prueba que le sea designado;.....