1. CON LUGAR la solicitud de Divorcio basada en el artículo 185-A del Código Civil, formulada por los ciudadanos NAULIS ELENA CABRERA SANDOVAL y EDUARDO JOSE WILHELM, cónyuges, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nº (s) V- 14.146.991 y V- 15.626.349, respectivamente, ya identificados.
2. DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL que contrajeron por ante el Jefe Civil y Secretario de la Parroquia Cristo de Aranza del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, el día ocho (08) de Agosto de dos mil tres (2003), según acta de matrimonio Nº 219, que consignaron, expedida por la mencionada autoridad.
a) En cuanto a la patria potestad y la responsabilidad de crianza de la niña RUTH ELENA WILHELM CABRERA, será ejercida por ambos padres, la custodia de la niña, será ejercida por su progenitora NAULIS ELENA CABRERA SANDOVAL.
b) En lo referente al Régimen de Convivencia Familiar, han convenido de mutuo acuerdo y siempre escuchando la opinión de la niña, que en cuanto a dicho .....