declara:
1) APROBADO Y HOMOLOGADO, el convenimiento celebrado entre los ciudadanos CLEOTILDE JOSEFINA BOZO GONZALEZ Y ENRIQUE JAVIER FERNANDEZ TORRES, venezolanos, mayores de edad, titular de la cédula de identidad No. V-15.525.440 y V-12.381.844, respectivamente, en relación con la niña (SE OMITEN LOS NOMBRES DE LOS NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES POR RAZONES DE CONFIDENCIALIDAD), en consecuencia, le da el carácter de cosa juzgada.
2) La Obligación de Manutención de la niña (SE OMITEN LOS NOMBRES DE LOS NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES POR RAZONES DE CONFIDENCIALIDAD), queda establecida de la siguiente manera: El progenitor se compromete a depositarle a la cuenta de ahorro No. 01160125190196000040, del Banco Occidental de Descuento (B.O.D) a nombre de la progenitora, la cantidad de Trescientos Bolívares (Bs. 300,oo) quincenales los cuales mensualmente equivalen a Seiscientos Bolívares (Bs. 600,oo), el progenitor deberá guardar todos los vauches de depósitos los cuales serán las pr.....