es por lo que este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, haciendo uso de sus atribuciones legales acuerda: PRIMERO: MODIFICAR la medida de Colocación en la Entidad de Atención Doña Lilia de Tovar, dictada en fecha 26.04.2011, en beneficio de la adolescente IDENTIDAD OMITIDA CONFORME A LA LEY, de trece (13) años de edad, por COLOCACIÓN FAMILIAR en el hogar de su tía materna, ciudadana CARMEN GREGORIA SALAZAR, titular de la cédula de identidad número 10.196.379, quien esta domiciliada en la calle El Saco, casa s/N, Cerca de la Capilla, Sector El Palito, Municipio Marcano de este Estado. En razón de ello corresponderá a la mencionada ciudadana la Responsabilidad de Crianza de la adolescente, siendo que comprende para ella el deber y el derecho de amar, criar, educ.....