ÚNICO: SE CONFIRMA la decisión N° 248-25 de fecha veintiséis (26) de abril de 2025, dictada por el Juzgado Primero (1°) de Primera Instancia en Funciones de Control Con Competencia en Amparo Constitucional del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, mediante la cual declaró inadmisible por inepta acumulación de pretensiones la acción de amparo constitucional ejercida por el profesional del derecho Gustavo Adolfo Meléndez Pérez, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado (IPSA) bajo el N° 15.018, a favor de los ciudadanos 1. Eumelia Isabel Boscán Gamarra, 2. Deivis José Sánchez y 3. Rodrigo Alfonso Sánchez Boscán, titulares de las cédulas de identidad Nos. V.- 19.935.398, V.- 19.404.899 y V.- 33.066.046, respectivamente, de conformidad con lo establecido en los artículos 78 y 81 del Código de Procedimiento Civil, aplicable supletoriamente según lo dispuesto en el artículo 48 de la Ley Orgánica de Amparo Sobre Derechos y Garantías Constitucionales.