Por los fundamentos antes expuestos, este Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, Sala de Juicio - Juez Unipersonal No. 03 de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, Declara:
1.-Terminado por mayoridad el presente procedimiento contentivo de Autorización Judicial para Retirar Dinero por Muerte intentado por la ciudadana Magdy Cecilia Rincón de Struve, venezolana, mayor de edad, portadora de la cédula de identidad N° V-4.990.659, en representación de su hijo el niño y/o adolescente x, en relación al de cujus Rafael Enrique Struve Vilchez, quien en vida fuere portador de la cédula de identidad N° V-5.169.974.
2.- En consecuencia, se ordena oficiar a los organismos Ministerio del Poder Popular para la Educación, Instituto de Previsión Social del Ministerio de Educación (IPASME); Instituto de Previsión Social de los Empleados del Ejecutivo del estado Zulia; Banesco,.....