Por los fundamentos expuestos este JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CABIMAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO POR EL ARTÍCULO 185 DEL CÓDIGO CIVIL, propuesta por los ciudadanos JAVIAN JOSÉ CAMPOS AMESTY y SINDY ALRDEINYS ROMERO VILLALOBOS, venezolanos, mayores de edad, cónyuges, titulares de las cédulas de identidad números 20.455.842 y 20.454.310, respectivamente, domicilios el primero de los nombrados en Ciudad Ojeda, municipio Lagunillas del estado Zulia, y la segunda en el municipio Maracaibo del estado Zulia, y en consecuencia, DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL por ellos contraído el día primero (1°) de febrero de 2013, por ante el Registro Civil de la Parroquia Libertad del Municipio Lagunillas del Estado Zulia, según Acta de Matrimonio signada con el número 11, que en copia certifica.....