Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCION DE JUICIO, CONSTITUIDO DE MANERA UNIPERSONAL, DEL ESTADO MONAGAS, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: CULPABLE al acusado ciudadano MOISES CHACON de Nacionalidad venezolano, Natural de Maturín Estado Monagas, nacido en fecha 05-09-1983, mayor de edad, de 26 años, hijo de Marina Chacón (V) y de Justo Rivero (V), titular de la cedula de identidad Nº 18.653.301, con domicilio en: Parcelamiento el Zamuro, sector los Clavellines, de la comisión de los delitos de VIOLENCIA FISICA, previsto y sancionado en el articulo 42 segundo aparte y VIOLENCIA SEXUAL, previsto y sancionado en el articulo 43 en su encabezamiento de la Ley Orgánica sobre el Derecho a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia en perjuicio de la ciudadana NANCY DEL VALLE VALDIVIE y lo CONDENA a cumplir la pena de DIECISEIS (16) AÑOS, TRES .....