Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO SUPERIOR SEGUNDO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, en el juicio que por DERECHO DE ACCESION incoare el ciudadano JUAN PARRA DUARTE, venezolano, mayor de edad, titular de cédula de identidad No. V-1.668.346, obrando por mis propios derechos como herederos ab intestatos de José de los Santos Parra Valbuena, y heredero testamentario Claudio Antonio, Ana Rosa y Barbara Parra, y en aras del resguardo de los derechos de los coherederos y comuneros, en contra de la ciudadana YASMELI CUBILLAN, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°V-12.843.583, este Juzgado Superior declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el ciudadano JUAN PARRA DUARTE, quien está debidamente inscrito en el Instituto Previsional del Abogado bajo el Nº 10.296, actuando co.....