IV. DECISIÓN
Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y MARÍTIMO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CONSUMADO el modo anormal de terminación del proceso, en la causa que por ENRIQUECIMIENTO SIN CAUSA, intento el ciudadano JESUS GABRIEL LOMBARDI BOSCAN, venezolano, mayor de edad, con cédula de identidad No. 9.755.243, domiciliado en el municipio Maracaibo del estado Zulia, en contra de la ciudadana MARIA CORINA GOMEZ ROO, venezolana, mayor de edad, cédula de identidad No. 10.435.705, domiciliada en el municipio Maracaibo del estado Zulia; en consecuencia, se HOMOLOGA el presente desistimiento de la acción y del procedimiento.
SEGUNDO: Se declara terminada la causa y se ordena el cierre y archivo del expediente.
TERCERO: No hay condenatoria en costas de conformidad con el artículo 2.....