Por los fundamentos anteriormente expuestos este Primero de Municipio Ordinario y ejecutor de medidas de los municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada y San Francisco de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, LEVANTA la medida de prohibición de enajenar y gravar decretada en fecha ocho (08) de febrero del 2010, la cual recae sobre un sobre un inmueble constituido por un Apartamento situado en el Edificio IMATACA, piso 3, Apartamento 3-A, Avenida 2 (El Milagro), entre Calles 76 y 77, en Jurisdicción de la Parroquia Olegario Villalobos del Municipio Autónomo Maracaibo del Estado Zulia, inscrito ante el Registro Inmobiliario del Primer Circuito del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, de fecha 28 de septiembre de 2006, bajo el No 13, Tomo 45, Protocolo 1° propiedad de la parte demandante DUBRAVKA BECERRA ZIBERT, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad V1.....