Por los fundamentos expuestos, este JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, CON SEDE EN CABIMAS, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la actividad recursiva ejercida por el apoderado judicial de la parte codemandada, hoy apelantes, WILLIAN PADRON y NATALIA MARÍA AVILAN, plenamente identificados actas, de fecha 17 de octubre de 2019, en contra de la decisión del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas dictada en fecha del 24 de septiembre de 2019, quedando de esa manera CONFIRMADA la decisión recurrida en todos sus términos.
SEGUNDO: CON LUGAR la Acción que por Cumplimiento de Contrato sigue el ciudadano ROGERIO SANCHEZ NAVA, en contra de los ciudadanos WILLIAN JOSE PADRON GUERRERO y NATALIA MARIA AVILAN, todos plenamente identifi.....