En mérito de las consideraciones precedentemente explanadas, este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: LA CONFESIÓN FICTA del demandado, y en ese sentido se declara CON LUGAR la demanda que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO PRIVADO, incoada por el ciudadano JAIME LUIS ESCOBAR, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V.-19.645.844, domiciliado en el municipio Maracaibo del estado Zulia contra la ciudadana KAILE PAOLA SOTO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V.-30.299.858, domiciliada en el municipio Maracaibo del estado Zulia y en consecuencia;
SEGUNDO: SE CONDENA a la parte demandada, ciudadana KAILE PAOLA SOTO a pagar a la parte actora, ciudadano JAIME LUIS ESCOBAR, la cantidad de ONCE MIL DOLARES AMERICANOS ( $11.000,00) o su .....