DECISIÓN
Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y MARÍTIMO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: PROCEDENTE EL DECRETO DE LA MEDIDA CAUTELAR DE PROHIBICIÓN DE ENAJENAR Y GRAVAR solicitada por ciudadano HERNANDO VELAZCO RAZZ, venezolano, mayor de edad, cédula de identidad No. 9.766.207, todo con ocasión al juicio que por COBRO DE BOLÍVARES (INTIMACIÓN), sigue en contra del ciudadano GUIDO ALEJANDRO BRICEÑO GARCÍA, venezolano, mayor de edad, cédula de identidad No. 15.009.326, de este mismo domicilio, el cual recaería sobre:
• Un apartamento situado edificio RESIDENCIAS SOFIA PALACE, signado con el No. 14-D, en la planta decima cuarta (14), ubicado en la calle 77 (5 de julio), con la avenida 2B, en Jurisdicción de la Parroquia Santa Lucia del Municipio Maracaibo del estado Zulia. Dicho edificio se encuentra.....