Por los fundamentos antes expuestos este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 242 del Código de Procedimiento Civil, en el juicio que, por NULIDAD DE ACTA DE ASAMBLEA, sigue el ciudadano RICARDO JOSÉ ORMO MORENO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-9.716.813, contra la sociedad mercantil GANDALF COMUNICACIONES, C.A., inicialmente inscrita ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, en fecha 18 de febrero de 2005, bajo el N° 59, tomo A-4, posteriormente inscrita en el Registro Mercantil Cuarto de la de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia en fecha 28 de junio de 2006, con el N° 10, tomo 57-A; modificado su domicilio según Acta de Asamblea General Extraordinaria registrada ant.....