ADMITE la demanda de cobro de créditos fiscales intentada por la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA contra la contribuyente Concretos y Construcciones Faría, S.A., antes identificada, le da el curso de ley y en consecuencia se ordena la INTIMACIÓN de Concretos y Construcciones Faría, S.A., en la persona de cualesquiera de los ciudadanos Luís Alberto Faria Sanda y/o José Augusto Faria Sanda, titulares de las cédulas de identidades Nros. 12.999.486 y 9.717.830, respectivamente, en sus condiciones de Presidente y Accionista respectivamente de la contribuyente demandada