DECISIÓN
Por las razones y fundamentos anteriormente expuestos, esta Sala Tercera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, DECLARA: PRIMERO: SIN LUGAR, el recurso de apelación interpuesto por el profesional del derecho HUMBERTO DARRY PÉREZ SUAREZ, inscrito en el I.P.S.A. bajo el N° 87.888, quien actúa con el carácter de defensor del imputado GUSTAVO ALONSO MOLANO QUIÑONEZ, plenamente identificado en actas, SEGUNDO: CONFIRMA la decisión N° 3335-08, dictada en fecha 25 de Septiembre de 2008, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, mediante la cual decretó Medida Cautelar de Privación Judicial Preventiva de Libertad, al ciudadano antes mencionado, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 250 y 251 ambos del Código Orgánico Procesal Penal, por la presunta comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO y PORT.....