Por los fundamentos anteriormente expuestos, esta SALA TERCERA DE LA CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación de autos, interpuesto por el Profesional del Derecho RÓMULO JESÚS PACHECO FERRER, inscrito en el Instituto de Previsión del Abogado bajo el Nro. 56.882, en su condición de Apoderado Judicial de la Empresa CARGILL DE VENEZUELA, S.R.L, y del ciudadano ORLANDO ANTONIO RANGEL RONDÓN contra la decisión Nro. 1104.16.
SEGUNDO: CONFIRMA la decisión la decisión dictada en fecha 12.08.2016 por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, extensión Santa Bárbara del Zulia.
TERCERO: NOTIFIQUESE del llamado de atención en el cual se insta al profesional del derecho MANUEL GUILLERMO CASTRO FERNANDEZ, Fiscal Provisorio, adscrito a la Fiscalía.....