DISPOSITIVA
Es en virtud de los fundamentos expuestos, que esta Sala Tercera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara PRIMERO: SIN LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por el ciudadano por el ciudadano NESTOR LUIS ISEA RQMERO, asistido debidamente por su abogado ciudadano EURO ISEA ROMERO; SEGUNDO: CONFIRMA la decisión de fecha 16 de abril del 2004, dictada por el Juzgado Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, mediante la cual Negó la Entrega Material del vehículo Marca Ford, Modelo Zephyr, Clase Automóvil, Tipo sedan, Serial de Carrocería AJ32VU69647, Serial del Motor V6, Color verde, Año 1979, Placas VAS-906, al aquí recurrente.