PRIMERO: ADMISIBLE EL RECURSO DE APELACIÓN DE AUTOS interpuesto por el profesional del derecho Deivy José Ocando Montiel, debidamente inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado (IPSA), bajo el N° 69.722, actuando con el carácter de defensor privado del ciudadano José Jesús León, titular de la cédula de identidad N° V.- 25.201.750, dirigido a impugnar la decisión Nº 1150-23 de fecha 11/11/2023 dictada por el Juzgado Primero (1°) de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, extensión Villa del Rosario, de conformidad con lo previsto en el artículo 439, ordinal 4° del Código Orgánico Procesal Penal. Así se decide.
SEGUNDO: ADMISIBLE LAS PRUEBAS promovidas por la defensa en su acción recursiva, por tratarse de pruebas documentales, cuya utilidad, necesidad, legalidad, licitud y pertinencia pueden ser corroboradas directamente en el expediente cuando se resuelva el presente recurso, no obstante, por ser las mismas documentales y d.....