DISPOSITIVA
Por los fundamentos expuestos esta Sala N° 2 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por los profesionales del derecho los profesionales del derecho YESENIA MORALES y AARON BOHORQUEZ, Inscritos en el Instituto de Previsión Social bajo los números 155.068 y 157.023, en su carácter de defensores privados de los ciudadanos ALFREDO DE JESUS HERRERA APONTE, LUIS ALEJANDRO MELENDEZ GARCIA y JEAN CARLOS MORALES BRICEÑO, titulares de las cédulas de identidad Nos. V- 28.582.297, V-19.766.215 y V-23.741.237.
SEGUNDO: Se CONFIRMA la decisión Nº la decisión Nº 1183-17, de fecha 06 de Octubre 2017, dictada por el Juzgado Noveno de Primera Instancia Estadal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, mediante la cual decretó, Medida de Privación Judic.....