IV
DECISIÓN
Por los fundamentos expuestos esta Sala Nº 2 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: COMPETENTE AL JUZGADO SÉPTIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Tribunal que deberá conocer de la presente causa signada con el No. VP02-P-2012-020255, seguido en contra de JHON ROBERT BALLESTERO BRACHO, titular de la cédula de identidad No. 21.352.809, por la presunta comisión del delito de APROVECHAMIENTO DE VEHÍCULO AUTOMOTOR, previsto y sancionado en el artículo 9 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículo Automotor, de conformidad con lo establecido en los artículos 85 y 87 del Código Orgánico Procesal Penal, por lo que se ordena notificar a las partes de la presente decisión.
SEGUNDO: ORDENA la remisión del asunto principal No. VP02-P-2012-020255 al JUZGADO SÉPTIMO D.....