Por los fundamentos anteriormente expuestos, esta SALA Nº 2 DE LA CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la inhibición propuesta por la Abogada ZAIDA VILLASMIL DE GARCÍA, en su carácter de Juez Séptima de Primera Instancia en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, en la causa signada con el N° 7U-004-05, seguida en contra del ciudadano HUMBERTO DE JESÚS QUINTERO, en su carácter de presidente de la empresa GUSTAVO ZING SUCESORES S.A, por la presunta comisión del delito de Gestión de Desechos Tóxicos, previsto y sancionado en el artículo 62 de la Ley Penal del Ambiente, cometido en perjuicio de la colectividad, en base a lo dispuesto en el numeral 2 del artículo 86, del Código Orgánico Procesal Penal.