Por los fundamentos anteriormente expuestos, esta SALA Nº 2 DE LA CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA SIN LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por el Abogado en ejercicio y de este domicilio ALBERTO JOSE GUANIPA, actuando con el carácter de Defensor del acusado NERIO ENRIQUE RODRIGUEZ LEON en contra de la decisión dictada por el Juzgado Décimo de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, con motivo de la Audiencia Preliminar celebrada en fecha 15 de Junio de 2003, en la cual se declaró CON LUGAR totalmente la Acusación presentada por el Ministerio Público en contra de su defendido, por la comisión del delito de ROBO A MANO ARMADA EN GRADO DE TENTATIVA, previsto y sancionado en el Artículo 460, en concordancia con el encabezamiento del Artículo 80, todos del Código Penal, cometido en perjuicio de J.....