DISPOSITIVA
Por los fundamentos de derecho antes expuestos esta Sala Segunda de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Zulia Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: ADMITE el recurso de apelación de autos, interpuesto por la profesional del derecho AUXILIADORA NAVA VILORIA, inscrita en el inpreabogado bajo el N° 29.004, respectivamente, en carácter de defensora de los ciudadanos, RHONNE RHYNNAN RODRIGUEZ LOPEZ Y JOSE ALEXANDER VASQUEZ RODRIGUEZ, titulares de la cedula de identidad V.- 19.831.428 y 20.744.643, contra la decisión 933-2018, de fecha 13-10-2018, dictada por el Juzgado Cuarto de Control de Primera Instancia Penal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, en la cual dicho tribunal declaró PRIMERO: Se decreta la APREHENSIÓN EN FLAGRANCIA del imputado 1.-JOSE ALEXANDER VASQUEZ RODRÍGUEZ, 2.- RHONNE RHYNAN RODRÍGUEZ LÓPEZ, venezolano, mayor.....