PRIMERO: SIN LUGAR los recursos de apelación de autos interpuestos el primero por los abogados MARCOS PITERS, MARYOLGA COBO y MICHAEL LEAL, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nos. 178.956, 128.636 y 202.600, actuando como Defensores Privados de los ciudadanos MANUEL DE JESÚS NAVARRO FINOL, WILLIANS ROBINSON ARAUJO GONZÁLEZ, ANGEL EMIRO HERNÁNDEZ BOZO, FRANK ENRIQUE VALBUENA PUCHE, DAYAN RAFAEL TERÁN LARIOS y DARWIN ADOLFO ALVÁREZ PÉREZ, el segundo por el abogado GUSTAVO ADOLFO FERNÁNDEZ FERRER, inscrito en el Inpreabogado No. 85.319, con el carácter de Defensor Privado del ciudadano NEIVIS DE JESÚS URDANETA y ANTONY JOSÉ BRACHO CAMPO.
SEGUNDO: SE CONFIRMA la decisión No. Nº 405-15, de fecha 08 de Mayo del 2015, emanada del Juzgado Octavo de Primera Instancia Estatal y Municipal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, mediante la cual se decretó a los imputados antes mencionados, medida de privación judicial preventiva de libertad, de conformidad co.....