DECISIÓN
Por los fundamentos anteriormente expuestos, esta Sala Primera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, actuando en Sede Constitucional, administrando justicia en nombre de la Republica y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la apelación ejercida por la Abogada BETTY CALLES, se Revoca la decisión dictada por el Juzgado Séptimo de Primera Instancia en Funciones de Juicio este Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, de fecha 20 de marzo de 2006, en consecuencia se ordena a la Fiscalia 17 Ministerio Público de este Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, se pronuncie sobre la solicitud de diligencias a practicar por ese Despacho, que realizada la ciudadana BETTY CALLES SANTANDER, en fecha de fecha 02 de mayo de 2001,las cuales corren inserta en la pieza tres(3) de la causa de investigación llevada por esa Fiscalia signada con el numero 24-F-17-1172001, en un lapso de quince (15) días contados a partir de la notificación.