Por los fundamentos antes expuesto, este Tribunal Séptimo de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECLARA LA EXTINCIÓN POR PENA PRINCIPAL CUMPLIDA, a favor del penado MÁXIMO RAMÓN FERRER GONZÁLEZ, titular de la Cédula de Identidad Nº V-12.948.657, venezolano, natural de Maracaibo, Estado Zulia, de 36 años de edad, Soltero, Agricultor, fecha de nacimiento 17-07-70, hijo de Maximiliano Ferrer y María González, residenciado en Barrio Calle 136, Nº 79B-108, vía El Marite, Maracaibo, Estado Zulia, en la causa seguida en su contra por la comisión del delito de ABUSO SEXUAL DE ADOLESCENTE CONTINUADO, previsto y sancionado en el Artículo 260 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y el Adolescente, en concordancia con el Primer y Ultimo Aparte del Artículo 259 Ejusdem, en relación al Artículo 99 del Código Penal, cometido en perjuicio de la Adolescente BRENDA JOSEFINA FERRER; todo ello de c.....