Por los fundamentos antes expuesto, este Juzgado Séptimo de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECLARA LA EXTINCIÓN DE LA PENA POR PENA CUMPLIDA, a favor del penado FERNANDO CONDE, de Nacionalidad Venezolana, natural de Maracaibo, Estado Zulia, de 28 años de edad, Indocumentado, hijo de José Condes y Edilma Condes, residenciado en el Barrio Anibal, Los Pinos, casa n° 106-79, sector Torito Fernández, Maracaibo, Estado Zulia; de conformidad con lo establecido en el artículo 105 del Código Penal, en concordancia con el ordinal 1° del articulo 479 del Código Orgánico Procesal Penal; pásese por Autoridad de Cosa Juzgada la presente causa y Remítase al Archivo Judicial en la oportunidad Legal correspondiente. Regístrese, Ofíciese al Departamento de Reseña de la Cárcel Nacional de Maracaibo, a la Intendencia de Santa Bárbara, Estado Zulia, al Centro de Investigaciones Científicas, Penales y Cr.....