Por los fundamentos anteriormente expuestos, este TRIBUNAL SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, PROCEDE A EJECUTAR LA SENTENCIA DICTADA EN CONTRA DEL PENADO JAVIER JESÚS BRICEÑO JORDAN, de Nacionalidad Venezolana, natural de Maracaibo, Estado Zulia, de 32 años de edad, de Estado Civil Casado, de profesión u oficio Comerciante, titular de la cédula de identidad N° V-12.413.736, hijo de los Ciudadanos Jesús Briceño y de Alba Margarita Jordan, residenciado en la Urbanización Nueva Cabimas, Avenida 32, Callejón Pele el Ojo, Casa N° 33, a una Cuadra del Depósito Naranjito, Municipio Cabimas del Estado Zulia, de conformidad con el artículo 479 del Código 0rgánico Procesal Penal, y en consecuencia, ordenar su comparecencia por ante este Tribunal de Ejecución para el día 08-05-2006 a las diez de la mañana, a los fines de que .....