Por los fundamentos y argumentos de Derecho antes expuestos, este JUZGADO QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, EL CUMPLIMIENTO DE LA PENA PRINCIPAL DE DOS (02) AÑOS Y OCHO (8) MESES DE PRESIDIO, a favor de la Penada ELDA MARIA CARMONA NAVARRO, de nacionalidad Colombiana, natural de Mechinquejo, Departamento Bolívar, de 39 años de edad, de estado civil Casado, de Profesión u Oficio del Hogar, titular de la cédula de identidad N° E-23.075.057, hijo de FRANCISCO CARMONA Y HORTENSIA NAVARRO, y residenciado en Barrio Los Cortijos Sector Los Mangos, Calle Principal, Casa No 12-82, Municipio San Francisco, Estado Zulia, faltándole por cumplir la Pena accesoria de la Sujeción a la Vigilancia de la Autoridad Civil por Una Cuarta (1/4) parte de la condena, terminada ésta, es decir OCHO (08) MESES.....