DISPOSITIVA
Por los fundamentos antes expuestos, este TRIBUNAL QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, DECLARA EL CÓMPUTOS DE LEY, relacionado con el Penado JULIO CESAR VERA, de nacionalidad Venezolana, natural de Maracaibo, Estado Zulia, de 27 años de edad, de profesión u oficio Técnico en Telefonía Celular, titular de la Cédula de Identidad N° V-14.135.091, hijo de los Ciudadanos Julio Aparicio (d) y de Luzmila Vera, y residenciado en la Calle 97, con Av. 16, N°. 16-22, Sector El Tránsito, de esta Ciudad de Maracaibo del Estado Zulia, de conformidad con lo establecido en los artículos 64, 479, 482 y 484, todos del Código Orgánico Procesal Penal.
Regístrese la presente Resolución, publíquese, remítanse copias certificadas de la misma con oficio al Director del Centro Penitenciario de Ma.....