Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, DECRETA LIBERTAD PLENA POR PENA CUMPLIDA, de conformidad con lo establecido en el artículo 479 numeral 1° del Código Orgánico Procesal Penal, a favor de penado CARLOS EDUARDO AZUAJE COLMENARES, TITULAR DE LA CEDULA DE IDENTIDAD N° V-24.955.318, de veintiún (21) años de edad, soltero, venezolano, carnicero, en la Carnicería Valle Grande, se encuentra ubicado en Urbanización Lago Azul, diagonal al Colegio Juan Antonio Paredes, domiciliado en Municipio San Francisco, Sector Los Cortijos, Calle 8, Casa No. 304, a una cuadra de la Panadería Santa Fé II, Estado Zulia, quien se encuentra actualmente gozando del Beneficio de Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena, en virtud de haber cumplido el día 18-03-2.006, la pena Pr.....