Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO SEGUNDO DE EJECUCION DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, CONCEDE EL BENEFICIO DE SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA EJECUCIÓN DE LA PENA, al penado ALFREDO ENRIQUE FUENMAYOR VILLASMIL, de nacionalidad Venezolana, natural de Maracaibo, Estado Zulia, fecha de nacimiento 27-11-1985, de 22 años de edad, de estado civil Soltero, titular de la Cédula de Identidad No. 18.429.667, hijo de Luis Fuenmayor y Heli Villasmil, residenciado en la Concepción, avenida principal de campo e lata, casa N° 171, a dos casas del deposito Los Luises, Maracaibo, Estado Zulia; quien fue condenado a cumplir la pena de TRES (03) AÑOS DE PRISION, por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO DE VEHICULO AUTOMOTOR, previsto y sancionado en el artículos 5 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículos Automotores, en perjuicio de KEMYERBER JOSUE PARRA ALBORNOZ; ya qu.....