Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO SEGUNDO DE EJECUCION DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, CONCEDE LA SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA EJECUCIÓN DE LA PENA, a la penada GISELA DEL VALLE BARROSO MONTIEL, titular de la Cedula de Identidad Nº V-9.730.247, Venezolana, natural de Maracaibo, Estado Zulia, de 45 años de edad, casada, de profesión u oficio ama de casa, hija de Ana Teresa Montiel y Regulo Barroso, residenciada en el Barrio Casiano Lossada, Sector Los Proceres, Invasión, Casa S/N, Segunda Etapa, diagonal a la Agencia de Lotería Mari, del Estado Zulia, quien fue condenada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, a cumplir la pena de DOS (02) AÑOS Y OCHO (08) MESES DE PRISION, mas las accesorias de la Ley, indicadas en el artículo 16 del Código Penal, por la comisión del delito de DISTRI.....