Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO SEGUNDO DE EJECUCION DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, acuerda LIBERTAD PLENA por cumplimiento de pena principal, a favor del penado JOSE LUIS GONZÁLEZ, Venezolano, natural de Maracaibo, no porta cedula de identidad, de 20 años de edad, hijo de Delia González y Elias Ávila y Residenciado en: Barrio Villa Concepción, vía la Concepción, frente al Barrio Los Membrillos, una cuadra antes de la Agencia de Loterías, San Benito, Municipio Jesús Enrique Losada del Estado Zulia, quien fue condenado a cumplir la pena de TRES (03) AÑOS DE PRESIDIO, por la comisión del delito de ROBO SIMPLE, previsto y sancionado en el artículo 457 del Código Penal, en perjuicio del ciudadano HOSNAIDE JOSÉ GARCÍA.-
Regístrese la presente Resolución, librese Boleta de Excarcelación y de Notificación a la Cárcel Nacional de Maracaibo. Ofíciese a la U.....