Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO SEGUNDO DE EJECUCION DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, CONCEDE LA SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA EJECUCIÓN DE LA PENA, al penada RICHARD RAFAEL MENDEZ DIAZ, titular de la cedula de identidad No. 11.294.306, Venezolano, natural de Maracaibo, de 37 años de edad, fecha nacimiento 02-10-1970, Obrero, soltero, hijo de RAFAEL MENDEZ y de AURA DIAZ, residenciado en la Urbanización Villa Baralt, Segunda Etapa, Av. 15, entre calle 9 y 10, Casa N° 11-41, Maracaibo Estado Zulia, Telf. 0424-667.0137, fue condenado mediante Sentencia N° 010-08, de fecha 18-03-08, dictada por el Juzgado Séptimo de Primera Instancia en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, a cumplir la pena de DOS (02) AÑOS DE PRISION, más las accesorias de Ley, por el delito de PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artícul.....