Por las razones anteriormente expuestas, este JUZGADO PRIMERO DE EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CUMPLIDA LA PENA a favor del penado LEONARDO JOSE GONZALEZ MORILLO, de nacionalidad venezolana, natural de Valera, titular de la cédula de identidad Nº V-8.825.951, residenciado en Barrio San benito, calle Chinvorá No. 1B-4 a 100 metros de la cancha de bolas criollas Ciudad Ojeda estado Zulia; y la EXTINCION DE LA RESPONSABILIDAD CRIMINAL a su favor, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 105 del Código Penal, en concordancia con el artículo 479 ordinal 1 del Código Orgánico Procesal Penal.- Regístrese la presente decisión; y notifíquese a las partes.
LA JUEZ PRIMERO DE EJECUCION (S),
DRA. MARIBEL MORAN LA SECRETARIA (S),
ABOG. ANDREA RINCON .....