Por los fundamentos antes expuestos este Tribunal Primero de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, CONCEDE el beneficio de SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA EJECUCIÓN DE LA PENA, al penado NELSON RAFAEL OVIEDO URRIBARRI, de nacionalidad venezolana, natural de Santa Rita, Estado Zulia, de 59 años de edad, comerciante de pescado, titular de la cédula de identidad No. 3.116.688, hijo de Ángel Oviedo y Rigilda Urribarri, y residenciado en el Barrio Rafael Urdaneta, casa sin número, diagonal al Abasto Santa Cruz, Punta Iguana, Municipio Santa Rita del Estado Zulia, de conformidad con lo establecido en el artículo 494 del Código Orgánico Procesal Penal. Regístrese la presente decisión; notifíquese y ofíciese a la ciudadana Directora de la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario a los fines de que de cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 496 del Código Orgánico Proc.....