Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCION DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, EXTENSION SANTA BARBARA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Declara LA EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL, en la presente causa donde el Ministerio publico acuso al ciudadano IRINEO DE JESUS BRACHO PETIT, Venezolano, Mayor de Edad, titular de la Cédula de Identidad N° 4.329.081, fecha de nacimiento 15-06-1953, de 57 años de edad, soltero, chofer de trafico, hijo de Gilberto Bracho y de Aminta Petit, y residenciado en el Barrio bicentenario, avenida 26, casa No. 14-92, Santa Bárbara del Zulia, Municipio Colon, Estado Zulia, por la comisión del delito de VIOLENCIA FISICA, previsto y sancionado en el artículo 42 de la Ley Orgánica sobre el derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana CARMEN CECILIA QUINTERO DE SAN.....