este JUZGADO NOVENO EN FUNCIONES DE JUICIO CONSTITUIDO DE MANERA UNIPERSONAL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia, en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara: 1) Se admite en la presente audiencia oral en forma excepcional el principio de Extraactividad, el procedimiento por Admisión de Hechos, establecido en el artículo 376 del Código Orgánico Procesal Penal. 2) Se declara CULPABLES a los acusados 1. ANGEL FRANCISCO PARRA GONZALEZ, venezolano, de 42 años, casado, oficial de Policía, titular de la Cedula de Identidad No. V-6.663.860, 2. LEONARDO DAVID URDANETA ROMAN, venezolano, de 30 años de edad, soltero, oficial de Policía, titular de la cedula de identidad No. V-15.766.223, residenciado en la Urbanización El Caujaro, calle 193C, lote H, casa No. 49G-H-44, Maracaibo Estado Zulia, 3. RAUL EDUARDO ORDOÑEZ ARIAS, venezolano, de 30 años de edad, soltero, oficial de Policía, titular de la Cédula de Identidad No......