Por todos los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, CONDENA a los acusados YOVAN ENRIQUE SEMPRUN PAZ, de nacionalidad venezolana, titular de la cedula de identidad N° 14.833.270, de profesión u oficio, conductor, fecha de nacimiento 06-10-1979, de 31 años de edad, residenciado en Avenida 113, casa N° 19C-50, Los Haticos por arriba, hijo de CIRA ELENA PAZ y de RAMON SEMPRUM; CIRA ELENA PAZ, de nacionalidad venezolana, titular de la cedula de identidad N° 7.745.048, de profesión u oficio, comerciante, fecha de nacimiento: 03-01-1955, de 56 años de edad, residenciada en Avenida 113, casa N° 19C-50, Los Haticos por arriba, hija de ELIO PAZ y de MARIA PAZ, y LEICY HERMINIA SOLANO CHACIN, de nacionalidad venezolana, titular de la cedula de identidad N° 4.156.244, de.....