Por los fundamentos de hecho y de Derecho antes expuestos, este JUZGADO TERCERO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ORDENA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida al ciudadano LUIS ALFONSO PIRELA, residenciado en el sector Las 40, El Batey, Municipio Sucre del Estado Zulia, por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA FISICA, previsto y sancionado en el artículo 17 de la Ley Sobre la Violencia Contra la Mujer y la Familia, vigente para la fecha en que ocurrieron los hechos, en perjuicio de la ciudadana MISLEIDA JOSEFINA BRICEÑO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-11.217.334, residenciada en el sector Las 40, casa N° 22619-01, El Batey, Municipio Sucre del Estado Zulia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 318 ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el artículo 48 ordinal 8° Ejusdem y el ordinal.....