Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, Decreta el Sobreseimiento de la causa penal, signada bajo el N° C03-0335-2003, instruida contra los ciudadanos PABLO RUBIO GALAVIS, Colombiano, natural de Cúcuta, Norte de Santander de la República de Colombia, Titular de la Cédula de Residencia N° 82.142.989, y residenciado en el Sector la Conquista, calle El Paraíso, Casa S/N, al lado de la Bodega 4 Esquinas, Caja Seca, Municipio Sucre del Estado Zulia, GUSTAVO HERMANDO RUBIO GALAVIS, Colombiano, natural de Sardinita, Norte de Santander, titular de la Cédula de Residencia N° 88.210.420, y residenciado en el Sector la Conquista, calle El Paraíso, Casa S/N, al lado de la Bodega 4 Esquinas, Caja Seca, Municipio Sucre del Estado Zulia y JESUS ALFREDO SAAVEDRA BONILLA, Venezolano, natural de Santa Polonia, Est.....