En consecuencia, se ordena la apertura a Juicio Oral de la ciudadana YSBELIA MARGARITA MARQUEZ, por los delitos de RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previsto y sancionado en el artículo 218, numeral 3 del Código Penal de Venezuela, en perjuicio de EL ESTADO VENEZOLANO, y LESIONES INTENCIONALES LEVES EN RIÑA, previsto y sancionado en el artículo 416 de Código Penal de Venezuela, en relación con el artículo 422, segundo aparte eiusdem, en perjuicio de la ciudadana DERNELYS DEL CARMEN ROJAS MENDEZ, y el enjuiciamiento de la ciudadana DERNELYS DEL CARMEN ROJAS MENDEZ, por los delitos de RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previsto y sancionado en el artículo 218, numeral 3 del Código Penal de Venezuela, en perjuicio de EL ESTADO VENEZOLANO, y LESIONES INTENCIONALES MENOS GRAVES EN RIÑA, previsto y sancionado en el artículo 413 del Código Penal de Venezuela, en relación con el artículo 422, segundo aparte eiusdem, en perjuicio de la ciudadana YSBELIA MARGARITA MARQUEZ, el emplazamiento de las partes .....