Por todos los fundamentos de hecho y de derecho, antes expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Santa Bárbara de Zulia, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, NO ACEPTA la solicitud de sobreseimiento planteada en la presente causa por el ciudadano JOSE ANGEL CAMACHO REYES, Fiscal Vigésimo Primero del Ministerio de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, seguida contra el ciudadano JOSE GREGORIO PORTILLO VEGA, Venezolano, Mayor de Edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 9.391.874, y residenciado en la Urbanización La Conquista, Segunda Calle, casa Nº 11220, Caja Seca, Municipio Sucre del Estado Zulia, por cuanto el delito de LESIONES CULPOSAS DE CARÁCTER MENOS GRAVES, previsto y sancionado en el artículo 422, ordinal 1° del Código Penal de Venezuela vigente para la fecha de los hechos, hoy artículo 420, numeral 1, cometid.....