En razón de las antes consideraciones expuestas este Tribunal Quinto de Primera Instancia en lo penal en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Cabimas, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley DECIDE: PRIMERO: Se Ordena tramitar y proseguir el presente asunto penal por procedimiento Ordinario, de conformidad con lo previsto en el Artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal; SEGUNDO: DECRETA LA PROVIDENCIA CAUTELAR DE PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD al ciudadano LEONIDAS ALFONSO BERMÚDEZ GUATARAMA: Venezolano, de 27 años de edad, fecha de nacimiento 09/03/1979, concubino, operador de equipo, manifestó saber leer y escribir, hijo de Alfonso Torres y Delia Guatarama, titular de la cédula de identidad No. V-14.493.785, con residencia en el Sector San Isidro, Avenida Intercomunal, Casa No. 96, a una cuadra de la Licorería Tibisay, Municipio Simón Bolívar del Estado Zulia, por cuanto de las actas proc.....