Por los fundamentos antes expuestos este JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, Extensión Cabimas, administrando Justicia, en nombre de la República y por autoridad de la ley, DECIDE: PRIMERO: DECLARA CON LUGAR LA ORDEN DE APREHENSIÓN solicitada por la Fiscalía 15° del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, y en consecuencia ORDENA LA APREHENSION de los ciudadanos 1.- LENIN JOSÉ RIVERO MELEAN, venezolano, natural de Ciudad Ojeda, Estado Zulia, fecha de nacimiento 01-05-1956, de 53 años de edad, soltero, Profesor, Cédula de identidad N° V-5.179.173, y con residencia en la Urbanización Los laureles, Sector 2, Vereda 6, casa N° 35, al fondo de la Gaceta de la policía regional, en esta ciudad y Municipio Cabimas del estado Zulia, y 2.- GUILLERMON JUVENAL RIVERO MELEAN, venezolano, fecha de nacimiento 03-12-1958, de 58 años de edad, soltero, Ganadero, Cédula de identidad N° V-4.706.359, y con.....